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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285493
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 284
SOCIEDADES ANONIMAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 284
Como toda sociedad mercantil, constituye una persona jurídica distinta de las de cada uno de los socios, y su representación legal está encomendada a un consejo de administración y a uno o varios directores; y el amparo que se pida a nombre de la compañía, por quienes no tengan su representación legal, debe ser desechado, aun cuando los peticionarios sean accionistas.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de improcedencia. Schreiber Anton J., y coagraviados. 24 de agosto de 1923. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.