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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285531
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 376
COMPETENCIA EN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 376
Cuando para conocer de un juicio de amparo, sean competentes dos Jueces de Distrito, deberá avocarse el conocimiento del negocio, el que hubiere sido designado expresamente por la parte quejosa.
Precedentes
Competencia en amparo. Suscitada entre los Jueces de Distrito, Supernumerario y Numerario de Coahuila. Díaz viuda de Rodríguez Rebeca. 3 de septiembre de 1923. Unanimidad de diez votos. El Ministro Francisco Modesto Ramírez no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día.