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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285535
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 388
COMPETENCIA EN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 388
Aun cuando técnicamente no existe controversia jurisdiccional, porque no haya oposición entre las resoluciones dictadas por los Jueces que intervengan en la controversia, toca a la Corte decidir en quién radica la competencia.
Precedentes
Competencia en amparo. Suscitada entre los Jueces de Distrito, Segundo Supernumerario del Distrito Federal y del mismo ramo, de Tehuantepec. Villaseñor Manuel. 3 septiembre 1923. Unanimidad de nueve votos, respecto al primer punto resolutivo y unanimidad de diez votos, en cuanto al segundo. Los Ministros Leopoldo Estrada y Francisco Modesto Ramírez no intervinieron en la primera votación. La publicación no menciona el nombre del ponente.