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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285554
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 425
TRASLACION DE REOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 425
Cuando el amparo se pida contra la traslación del reo, es procedente conceder la suspensión para los efectos del artículo 61 de la Ley de Amparo, porque su denegación traería por consecuencia que quedara sin materia el juicio de garantías.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión. Wesche Alfonso. 7 de septiembre de 1923. Mayoría de seis votos. Disidentes: Manuel Padilla, Ernesto Garza Pérez y Francisco Modesto Ramírez. El Ministro Francisco Díaz Lombardo no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.