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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285579
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 485
TERCERO PERJUDICADO EN AMPARO PENAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 485
La ley reglamentaria del juicio de garantías, previene que será considerado como parte en los amparos del orden penal, la persona que se hubiere constituido parte civil, y sólo en cuanto se afecten sus intereses de esa índole.
Precedentes
Queja en amparo penal. Aguilar Dolores. 12 de septiembre de 1923. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.