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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285604
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Presidencia S.C.J.N.; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 554
COMPETENCIA.
[TA]; 5a. Época; Presidencia S.C.J.N.; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 554
Es improcedente el recurso de queja para decidir sobre la competencia de los Jueces de Distrito, pues la ley establece un procedimiento especial para tramitación y resolución de las competencias, que se susciten con motivo de un amparo.
Precedentes
Queja en amparo. Cervantes y Ríos Miguel de y otros. 26 de septiembre de 1923. Resolutor: Francisco Modesto Ramírez.