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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285612
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 569
AMPARO DIRECTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 569
La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene competencia para conocer, en amparo directo, del que se interponga contra sentencias que tengan el carácter de definitivas.
Precedentes
Amparo civil directo. Galarza Tomás. 29 de septiembre de 1923. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Ernesto Garza Pérez, Gustavo A. Vicencio y Francisco Modesto Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.