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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285620
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 586
TERCERO PERJUDICADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 586
En los amparos del orden penal, sólo puede tenérsele como parte, cuando se afecten sus intereses de carácter civil, y si se hubiere constituido parte civil en el proceso.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Foss James B. 2 de octubre de 1923. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.