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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285656
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 659
ALCOHOLES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 659
La ley relativa previene que, en los casos en que se sospeche que es simulado el precio que se hace constar en las facturas de venta, los administradores del timbre fijarán ese precio y si los causantes no se conforman, se nombrarán peritos, para fijar el valor de la mercancía de que se trate; esas disposiciones envuelven una garantía para los contribuyentes en defensa de sus derechos y fijar ese precio, mediante otros procedimientos, importa una violación a la ley.
Precedentes
Recurso de súplica. Gómez Ochoa y Compañía. 8 de octubre de 1923. Mayoría de nueve votos. Ausente: Victoriano Pimentel. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.