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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285661
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 680
SENTENCIA DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 680
La sentencia que se pronuncie en el juicio de amparo, sólo se ocupará de individuos particulares, limitándose a ampararlos y protegerlos en el caso especial sobre el que verse la queja, sin hacer declaración general respecto de la ley o acto que la motivare.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Secretaría de Hacienda. 10 de octubre de 1923. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.