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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285667
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 698
RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 698
Aun cuando sea facultativo reclamarlas en otras vías, ello no implica la improcedencia del amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Rogelio Gómez y Hermano. 11 de octubre de 1923. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Victoriano Pimentel y Francisco Modesto Ramírez no intervinieron en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.