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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285684
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 726
SOCIEDADES EN NOMBRE COLECTIVO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 726
En ellas, los socios son solidaria e ilimitadamente responsables de las obligaciones de la compañía; y por tanto, es antijurídico aceptar la fianza de uno de los socios a favor de la sociedad, puesto que verdaderamente no hay una nueva obligación, ya que el socio, por serlo, responde con todos sus bienes, de todas las obligaciones contraídas por la sociedad.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Martínez Felipe. 13 de octubre de 1923. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Gustavo A. Vicencio y Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.