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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285690
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 742
SOBRESEIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 742
El auto que lo niega, no da lugar a la queja, porque el sobreseimiento puede dictarse en cualquier estado del juicio, o, si procede, y no ha sido dictado por el Juez de Distrito, la Corte puede declararlo durante la revisión.
Precedentes
Queja en amparo civil. Aachen und Munich, S.A., Compañía de Seguros contra Incendio. 17 de octubre de 1923. Mayoría de ocho votos, en cuanto al primer punto resolutivo y unanimidad de nueve, respecto al segundo. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.