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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285717
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 801
FIADOR EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 801
Si bien es cierto que no tiene personalidad en el juicio, sí debe considerársele como parte agraviada, en las resoluciones que se dicten en el incidente de fianza, y tiene el derecho de recurrirlas en queja; pues de otro modo, quedaría sin defensa, ya que no se puede pedir amparo contra determinaciones dictadas en otro amparo.
Precedentes
Queja en amparo civil. Llovera Fernández Miguel. 24 de octubre de 1923. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.