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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285720
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 811
MAGUEYES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 811
Aun cuando respecto de los que existan en un terreno que ha sido materia de dotación de ejidos, no pueda aplicarse el artículo 19 del reglamento agrario, si pasa el tiempo moralmente suficiente para aprovechar los que estén en sazón y trasplantar los restantes, y el propietario no lo hace, su abstención debe interpretarse en el sentido de que se reserva el derecho de pedir la correspondiente indemnización sin resolverse la dotación de las tierras con magueyeras, y el propietario indefinidamente, también, seguiría explotando los magueyes.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Comisión Nacional Agraria. 24 de octubre de 1923. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.