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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285775
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 967
RECONOCIMIENTO DE FIRMAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 967
La citación que se haga a una persona, para que diga si reconoce, o no, la firma que obra en un documento, no le causa ningún perjuicio y, por tanto, es improcedente la suspensión contra ella.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. 16 de noviembre de 1923. Unanimidad de diez votos. El Ministro Leopoldo Estrada no votó en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.