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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285789
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 985
AMIGABLES COMPONEDORES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 985
Conforme a la legislación vigente en Jalisco, en 1867, debían pronunciar su sentencia ante escribano, y expedir una copia autorizada de ella, a cada uno de los interesados, so pena de nulidad del fallo.
Precedentes
Amparo civil directo. Villarreal Ramón y coagraviado. 17 de noviembre de 1923. Unanimidad de diez votos. El Ministro Salvador Urbina no votó en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.