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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285800
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 1013
DISTRITO FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 1013
El Congreso General tiene facultad para legislar en todo lo relativo al Distrito y Territorios Federales, y el presidente de la República la de nombrar y remover libremente al gobernador del Distrito, lo cual significa que éste es sólo órgano de ejecución de los acuerdos presidenciales, que no tienen las prerrogativas de los gobernadores de los Estados, entre otras, la del fuero.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Compañía de Industria y Comercio S. A. 5 de diciembre de 1923. Unanimidad de ocho votos, por lo que hace a la revocación del sobreseimiento y por mayoría de siete, respecto a la concesión del amparo. Disidentes: Salvador Urbina, Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.