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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285884
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 1230
FALSEDAD DE UN DOCUMENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 1230
La falsedad criminal de un documento que da lugar a un incidente penal, no puede quedar sujeta a requisitos de forma; las partes pueden alegarla en cualquier tiempo, y los tribunales en tal caso, deben proceder como lo previene el Código Penal.
Precedentes
Recurso de súplica. Campos de Novelo Casimira. 27 de diciembre de 1923. Mayoría de siete votos. Ausente: Victoriano Pimentel. Disidentes: Sabino M. Olea, Leopoldo Estrada y Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.