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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285889
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 1239
PECULADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 1239
Comete el delito de peculado, toda persona encargada de un servicio público, aunque sea en comisión por tiempo limitado, y no tenga el carácter de funcionario, que para usos privados, propios o ajenos, distraiga de su objeto, dolosamente, dinero, valores, fincas o cualquiera otra cosa perteneciente a la nación, a un Municipio o a un particular, si por razón de su encargo, los hubiere recibido en administración, en depósito o por cualquiera otra causa.
Precedentes
Amparo penal directo. Ugalde Albino. 27 de diciembre de 1923. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.