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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285898
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 1261
MUEBLES SECUESTRADOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 1261
Cuando por la remoción del depositario, debe perder el embargado la posesión de ellos, procede la suspensión contra la entrega, pero mediante fianza.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Campuzano de Arias Concepción. 28 de diciembre de 1923. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Victoriano Pimentel y Jesús Guzmán Vaca no intervinieron en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.