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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285909
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 154
RESTITUCION DE TIERRAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 154
En los casos que se conceda amparo, porque sea improcedente la restitución de tierras, la protección federal no tiene otro alcance que dar derecho al propietario para obtener del gobierno de la nación, la indemnización correspondiente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Cortés Octaviano. 20 de enero de 1923. Mayoría de siete votos. Disidente: Agustín Urdapilleta. Los Ministros Alberto M. González y Enrique Moreno no intervinieron en este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.