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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285915
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 27
TERMINOS EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 27
El cómputo de ellos se hará por días naturales, a excepción de los que se fijan para la suspensión del acto reclamado, para que la autoridad responsable rinda su informe en el incidente de suspensión y para la ejecución de la sentencia que conceda el amparo.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Güenduláin viuda de Berges María. 3 de enero de 1923. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González y Enrique Moreno no intervinieron en la discusión y votación de este negocio por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.