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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285937
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 66
DECLARACION DE IMPROCEDENCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 66
La declaración de improcedencia del amparo puede hacerse no tan sólo al ser presentada la demanda y calificada, sino en cualquier estado del juicio, tan pronto como aparezca una causa para ello.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de improcedencia. Contreras Gonzalo y coagraviados. 5 de enero de 1923. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Adolfo Arias e Ignacio Noris no votaron en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.