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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285948
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 100
PAGOS FISCALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 100
Ningún perjuicio se sigue al fisco con que se conceda la suspensión contra aquéllos, previo el depósito de la cantidad que se cobre, en la oficina exactora.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. " P. Figueras y Compañía". 12 de enero de 1923. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Enrique Moreno y Agustín Urdapilleta no intervinieron en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.