Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/285949
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285949
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 100
ACTOS NEGATIVOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 100
Contra ellos es improcedente conceder la suspensión, que no puede tener efectos restitutorios, los cuales son materia de sentencia definitiva que en el amparo se pronuncie.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. " P. Figueras y Compañía". 12 de enero de 1923. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Enrique Moreno y Agustín Urdapilleta no intervinieron en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.