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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285952
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 108
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 108
Es improcedente concederla cuando con ella se puedan causar perjuicios a la sociedad o al Estado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Revisión del incidente de suspensión. Fuentes Antonio. 12 de enero de 1923. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Ignacio Noris y Enrique Moreno no intervinieron en este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.