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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285956
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 117
PROCEDIMIENTO PENAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 117
No procede conceder la suspensión cuando con ella se pueda entorpecer el procedimiento penal, ya porque el acusado no se encuentre a disposición de su Juez o por cualquiera otra causa.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión. Díaz Aguilar Higinio. 12 de enero de 1923. Unanimidad de nueve votos. El Ministro Enrique Moreno no intervino en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.