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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285965
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 137
AMPARO DIRECTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 137
Si contra la sentencia de primera instancia no se interpusieron los recursos que la ley concede, dando lugar a que la sentencia causara ejecutoria, tal hecho no es motivo para hacer procedente el amparo directo.
Precedentes
Amparo civil directo. Auto de incompetencia dictado por la Corte. Floyd Prisciliano. 16 de enero de 1923. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.