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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285973
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 171
DESPOSEIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 171
No puede alegarse que lo hay, porque se despoje a una persona por virtud de una sentencia firme, aunque alegue que no es ella la demandada, si, por los actos del mismo quejoso, se viene en conocimiento de que contra él se dirigió la acción y aceptó el carácter de reo, aun cuando por un error, se haya variado su nombre.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Medina viuda de Medina Ascensión. 23 de enero de 1923. Unanimidad de nueve votos. Ausente: Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.