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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285984
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 189
ENCUBRIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 189
Como en el encubridor de un delito existe la intención dolosa, tal hecho no puede considerarse como cuasi delito.
Precedentes
Amparo penal directo. Mejía Francisco. 25 de enero de 1923. Mayoría de cinco votos. Ausentes: Alberto M. González y Agustín Urdapilleta. Disidentes: Benito Flores, Enrique Moreno y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.