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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285990
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 204
CONTRATOS BILATERALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 204
No pueden tenerse por probados por la confesión de uno solo de los contratantes.
Precedentes
Recurso de súplica. Agente de Ministerio Público del Sexto Circuito. 29 de enero de 1923. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Agustín Urdapilleta, Antonio Alcocer y Enrique Moreno, no votaron en este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.