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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 285998
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 223
CADUCIDAD DE UN CONTRATO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 223
Las causas de caducidad de un contrato no deben confundirse con las causas de rescisión. La caducidad puede ser declarada por la autoridad administrativa, si se han llenado los requisitos que el mismo contrato señala para que se considere caduco, pero la rescisión no puede declararse administrativamente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Muñoz Antonio. 30 de enero de 1923. Mayoría de seis votos en cuanto a la procedencia del amparo, siendo disidentes los Ministros Benito Flores, Enrique Moreno y Gustavo A. Vicencio; mayoría de ocho votos en cuanto a la revocación de la sentencia que se revisa y concesión del amparo, siendo disidente el Ministro Enrique Moreno. Los Ministros Alberto M. González y Antonio Alcocer no votaron por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.