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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286010
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 255
MENORES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 255
El gobernador del Distrito Federal está facultado para internar en las casas de corrección, a los menores que no tienen ocupación ni familiares o tutores que les impartan la ayuda e instrucción necesarias; y tal acto no puede considerarse como una pena ni como una detención violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Hernández Angel. 3 de febrero de 1923. Mayoría de seis votos. Ausente: Alberto M. González. Disidentes: Benito Flores, Patricio Sabido, Agustín Urdapilleta y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.