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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286067
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 432
RECURSOS PENDIENTES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 432
Cuando en los tribunales esté pendiente un recurso que tenga por objeto confirmar, revocar o enmendar un acto reclamado, es improcedente el juicio de amparo contra tal acto.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de improcedencia. Camacho Adalberto. 16 de febrero de 1923. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Ignacio Noris, Patricio Sabido y Enrique Moreno no intervinieron en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.