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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286101
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 504
GOBERNADOR DEL DISTRITO FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 504
La facultad que le concede la Ley de Organización del Distrito y Territorios Federales, para internar en las escuelas de corrección a los menores desamparados, no puede extenderse a los individuos que hayan alcanzado la mayor edad y si lo hace, tal hecho, constituye una violación de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Pérez Parra José. 1o. de marzo de 1923. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Enrique Moreno, Patricio Sabido y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo IX, página 330, tesis de rubro "GOBERNADOR DEL DISTRITO.".
Tomo XI, página 855, tesis de rubro "GOBERNADOR DEL DISTRITO.".
Tomo XII, página 500, tesis de rubro "GOBERNADOR DEL DISTRITO.".