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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286188
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 666
ACTOS CONCATENADOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 666
No existe concatenación entre un acto judicial que ordena un lanzamiento, y el que declara que las diligencias relativas no pueden darse por terminadas, mientras no estén pagadas las costas; pues esto último, siendo sólo una negación, no manda ejecutar nada; y, por tanto, el amparo que se pida contra el que manda ejecutar el lanzamiento, procede, aunque se haya consentido el acto declaratorio.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Hipódromo de Tijuana, S. A. 4 de abril de 1923. Unanimidad de diez votos, respecto del primer punto resolutivo; mayoría de siete, respecto de los demás puntos. Ausente: Alberto M. González. Disidentes: Benito Flores, Patricio Sabido y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.