Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/286194
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
286194
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 684

INTEGRACION DE UN TRIBUNAL.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 684

Precedentes

Amparo civil. Revisión del auto de improcedencia. Alarcón Adolfo M. 6 de abril de 1923. Mayoría de ocho votos. Los Ministros Ignacio Noris y Patricio Sabido no intervinieron en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 286194