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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286211
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 718
DELITOS CONEXOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 718
En materia federal, sólo puede considerarse que los delitos son conexos, cuando se llenan las condiciones que expresa el artículo 330 del Código Federal de Procedimientos Penales.
Precedentes
Competencia en materia penal. Suscitada entre los Jueces de Distrito de Tehuantepec y de Primera instancia del Distrito Judicial del mismo nombre. 9 de abril de 1923. Unanimidad de diez votos. El Ministro Agustín Urdapilleta no intervino en la discusión y votación de este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.