Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/286231
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286231
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 766
ABUSO DE CONFIANZA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 766
Este delito se comete por el hecho de disponer fraudulentamente y con perjuicio de otro, de una cosa que se haya recibido en virtud de un contrato que, sin transferir el dominio, tenga el carácter fideicomisario; y la sentencia que se pronuncie contra el acusado de ese delito, sin que se comprueben tales elementos, importa una violación constitucional.
Precedentes
Amparo penal directo. Ruiz Picazo Daniel. 17 de abril de 1923. Mayoría de nueve votos, por lo que hace al primer punto resolutivo; mayoría de ocho votos, en lo que hace a los puntos segundo y tercero, estando ausente el Ministro Ricardo B. Castro. Ausente: Adolfo Arias. Disidente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.