Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/286259
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286259
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 844
COBRO DE CONTRIBUCIONES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 844
Al hacerlo las autoridades exactoras, no obran de propia autoridad, sino en su carácter de subordinadas del jefe del Ejecutivo.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. "Federico Zorrilla", S. en C. 26 de abril de 1923. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Ignacio Noris y Agustín Urdapilleta no intervinieron en la discusión y votación de este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.