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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286260
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 849
LIBERTAD CAUCIONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 849
Las autoridades están facultadas para revocar la que haya concedido, en los casos que lo permitan las leyes.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión. Pimienta Mariano. 27 de abril de 1923. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Agustín Urdapilleta e Ignacio Noris, no intervinieron en este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.