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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286277
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 866
SOCIEDADES EN NOMBRE COLECTIVO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 866
La responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios, no cesa respecto de terceros, sino a los cinco años después de haberse publicado la liquidación de la sociedad; por lo cual los miembros de dichas sociedades, no pueden considerarse extraños a los juicios que contra aquéllas se promuevan, sino después de que se cumpla con los requisitos que la ley previene.
Precedentes
Recurso de súplica. Belmar Genaro y Palacios y Silva Manuel. 30 de abril de 1923. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Ignacio Noris y Antonio Alcocer no asistieron al acuerdo, por los motivos que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.