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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286298
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 924
DELITOS DE ALTOS FUNCIONARIOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 924
La sociedad está interesada en que se averigüen los delitos cometidos por altos funcionarios; por lo que es improcedente conceder la suspensión contra resoluciones de la Cámara respectiva, que declare haber lugar a formación de causa.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Múgica Francisco J. 11 de mayo de 1923. Mayoría de siete votos. Los Ministros Gustavo A. Vicencio e Ignacio Noris no intervinieron en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Disidentes: Alberto M. González y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.