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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286311
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 13
ELECCIONES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 13
La sociedad está vivamente interesada en el inmediato cumplimiento de la voluntad popular, manifestada en las elecciones, e interpretada por autoridades competentes y, por tanto, no procede la suspensión contra los actos que tiendan a ese cumplimiento.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. García Armando. 1o. de julio de 1922. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Enrique Moreno, Alberto M. González y Patricio Sabido. La publicación no menciona el nombre del ponente.