Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/286315
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286315
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 24
ALUMNOS DE LAS ESCUELAS MILITARES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 24
Siempre que conforme a los reglamentos respectivos deban ser consignados a los tribunales del fuero de guerra, sin perjuicio de lo que se prescriba en dichos reglamentos, serán castigados por los citados tribunales, con la mitad de la pena corporal correspondiente al delito de que se trate, salvo las excepciones que previene la ley penal militar.
Precedentes
Amparo penal directo. Alvarado Leonides. 1o. de julio de 1922. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González, Patricio Sabido y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.