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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286370
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 160
DEMANDA DE AMPARO, ADMISION DE LA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 160
Una vez admitida, no le es dado al Juez de Distrito revocar o modificar, sin causa justificada y a petición de parte legítima, el auto que la admitió, cambiando así la situación jurídica creada.
Precedentes
Queja en amparo civil. Romero Joaquín. 12 de julio de 1922. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González, Ernesto Garza Pérez y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.