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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286372
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 165
LIBERTAD PERSONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 165
La suspensión tratándose de esta garantía, sólo produce los efectos que previene el artículo 61 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Queja en amparo penal. Flores Alonso Angel. 12 de julio de 1922. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Patricio Sabido, Ernesto Garza Pérez y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.