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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286375
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 172
FRACCIONAMIENTOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 172
Los fraccionamientos que hagan los latifundistas, antes de tener noticia de la petición de tierras que hayan hecho los pueblos colindantes, no puede alegarse que tengan el propósito de eludir el cumplimiento de la Ley Agraria.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Sela y Fernández Ana María. 13 de julio de 1922. Mayoría de ocho votos. Los Ministros Enrique Moreno y Agustín Urdapilleta no votaron en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo X, página 1099. Amparo administrativo en revisión. Fernández viuda de Sela Ana. 29 de junio de 1922. Mayoría de siete votos. Los Ministros Patricio Sabido, José María Mena y Agustín Urdapilleta no votaron en este negocio, por las razones que constan en el acta del día. Disidente:Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.