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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286378
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 204
AGUAS DE JURISDICCION FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 204
Los Ayuntamientos carecen de competencia para intervenir en la distribución y uso de ellas, o para cobrar por merced de las mismas, y los actos que ejecuten en ese sentido, son violatorios de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Herrera Severino. 13 de julio de 1922. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Enrique Moreno y Agustín Urdapilleta no votaron en este negocio, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.